PRIMERA SENTENCIA CONDENATORIA POR LA UTILIZACION DE CEBOS ENVENENADOS

Por primera vez en España, dos personas han sido condenadas por causar la muerte de especies no cinegéticas debido a la utilización de cebos envenenados. La condena, dictada por el juez encargado del caso, asciende a tres años de inhabilitación para la práctica de la caza en la finca en la cual se encontraron los cuerpos, dentro del término municipal de Casas de Lázaro (Albacete), así como una multa de 100.000 pesetas para el guarda de la misma y de 500.000 para el dueño. A juicio de la asociación ecologista, esta es una sentencia sin precedentes, ya que es la primera vez que en España se condena a una persona no sólo por la colocación del veneno, sino por la muerte de especies no cinegéticas protegidas. Adena felicita al Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil, «verdaderos artífices de la investigación, cuyos resultados condujeron a la detención de los dos acusados»; también muestra su satisfacción ante el comportamiento de la administración de Castilla-La Mancha, que ha puesto en marcha patrullas de vigilancia móvil por distintos cotos de caza sospechosos para vigilar y disuadir a los que usan veneno.

AMDPRESS

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