Remitido por PROAGRO:
Este anteproyecto se elabora con vistas a regular básicamente la producción y comercialización de estos productos, mejorar su calidad y fomentar su empleo, así como establecer las bases del procedimiento de inscripción de variedades en el Registro de Variedades Comerciales y regular la conservación y utilización de los recursos filogenéticos.
La futura Ley se aplicará a las semillas y plantas de vivero de todos los géneros y especies vegetales, así como a las actividades de las personas y entidades públicas y privadas, en cuanto estén relacionadas con la finalidad y el objeto previstos en la misma.
De esta manera, asegura PROAGRO, se podrán establecer en un futuro, las condiciones relativas a la producción, comercio y certificación de semillas y plantas de vivero, sometiéndolas a un control oficial que garantice las condiciones técnicas y materiales que deben cumplir los proveedores de semillas y plantas de vivero que intervienen en los procesos productivo y comercial.
Para ello, el MAPA constituirá y gestionará un Registro de Variedades Comerciales, en el que se anotarán las solicitudes de inscripción, la especie botánica, las denominaciones varietales, las resoluciones de inscripción de variedades, las cancelaciones, reinscripciones y cuantas circunstancias se consideren relevantes.
También regulará los requisitos de la variedad para ser inscrita y su valor agronómico o de utilización, y todo el proceso de tramitación, información, control y resolución de este procedimiento de inscripción.
PROAGRO