Protocolo para la puesta en marcha de la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural en Extremadura

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Protocolo general entre el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la aplicación del Programa de Desarrollo Rural Sostenible en el territorio de dicha Comunidad.

Con este protocolo se pretende fijar el marco de actuación y las bases para la cooperación entre el MARM y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la aplicación del Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible incluido en la Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural, a través de la elaboración conjunta de los planes de zona.
En total, en la Comunidad Autónoma de Extremadura se van a elaborar doce planes de zona, con una inversión de 173,94 millones de Euros de aquí a 2015, cofinanciados a partes iguales por la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma. Además, la AGE tiene prevista una inversión de 2,158 millones de Euros en Infraestructuras de interés general.
De los doce planes de zona, ocho corresponden al Primer nivel de prioridad, destinados a las zonas de Las Hurdes, el Valle del Alagón, Tajo Salor y Sierra de San Pedro, Las Villuercas-Ibores-Jara y Campo Arañuelo, la Comarca de Trujillo, Sierra de Montánchez y Zona Centro, La Serena y Siberia, Lácara-Los Baldíos, Comarca de Olivenza y Sierra Suroeste y las Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena y Turística de Tentudia.

Además, se elaborarán dos planes de Segundo nivel de prioridad que corresponden a la zona de La Vera y el Valle del Jerte y de Lácara Sur y Municipios Centro y dos planes de Tercer nivel de prioridad en La Serena-Vegas Altas y Guadiana y el Río Bodión, Tierra de Barros-Matachel y Tierra de Barros.

En cuanto a los compromisos adquiridos mediante este Protocolo, la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural será el órgano encargado de la gestión y la coordinación operativa dentro del marco institucional de coordinación de la Conferencia Interministerial para le Medio Rural.
Por su parte, la Comunidad Autónoma de Extremadura se compromete, para la correcta ejecución de las actuaciones incluidas en este Protocolo, a la elaboración y posterior ejecución de los planes de zona, así como a crear un órgano de participación de cada zona rural objeto de planificación, con el fin de facilitar una participación pública real y efectiva, tanto en la elaboración del plan de zona como para su posterior seguimiento y evaluación.

Asimismo, se crea una Comisión de Seguimiento de las actuaciones derivadas del presente Protocolo que tendrá entre otras funciones, las de facilitar el intercambio de información entre las partes sobre las actuaciones emprendidas en la ejecución de este Protocolo, facilitar la cooperación y la coordinación entre las partes y velar porque la elaboración de los planes de zona se realice dentro del marco del Programa de Desarrollo Rural Sostenible.
El texto del Protocolo General se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/10/

Marm

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