Real decreto: Ayudas para ovino y caprino

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto en el que se recoge la normativa básica para la concesión de las nuevas ayudas comunitarias, a las que podrán acceder los productores de ovino y caprino a partir del año 2002.

Este Real Decreto contempla las mejoras obtenidas para este sector a través de la nueva Organización Común de Mercado (OCM), aprobada en Bruselas el pasado mes de diciembre.

De esta forma, los ganaderos que posean ovejas o cabras en su explotación, podrán optar a una prima fija por animal, que ya no dependerá de las fluctuaciones de los precios de mercado, y cuya cuantía ascenderá a 21 euros en el caso del ovino y a 16,8 euros para el caprino.

Conjuntamente, y con objeto de beneficiar a los productores cuyas explotaciones se encuentren situadas, en su totalidad o al menos en un 50%, en zonas desfavorecidas, y en donde la producción de ovino y caprino constituya una actividad tradicional, o contribuya significativamente a la economía rural, se establece también una prima complementaria de 7 euros por animal.

Esta prima también se concederá a los productores que practiquen la trashumancia, siempre que el 90 % de los animales por los que se solicite la prima, pasten durante 90 días consecutivos en las comarcas donde esta práctica se siga desarrollando de forma tradicional.

Todas estas ayudas se complementarán con unos pagos adicionales, que se efectuarán incrementando de forma lineal las primas fijas, y cuyo importe unitario será determinado anualmente a través de una Orden por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para acceder a estas ayudas, que se financiarán con cargo a la Sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA), los productores deberán dirigirse a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, que tendrán a su cargo también la realización de las actividades de control de las mismas.

MAPA

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