Nota de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria
La Comisión Europea ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea una recomendación relativa al control de los niveles de acrilamida en los alimentos (Recomendación 2007/331/CE) por la que insta a los Estados miembros de la Unión Europea a realizar, durante los años 2007, 2008 y 2009 un seguimiento de los niveles de acrilamida en ciertos productos alimenticios.
La acrilamida es un compuesto orgánico de tipo amida, soluble en agua, etanol, éter y cloroformo. Este compuesto se puede formar al cocinar o procesar los alimentos a temperaturas elevadas (especialmente compuestos que contienen almidón).
Por ello, conviene proseguir el seguimiento y recoger datos fiables sobre este contaminante. El seguimiento debe incluir patatas fritas, pan, cereales para el desayuno, galletas, potitos alimentos para bebes trasformados a base de cereales y otros productos alimenticios.
Esta recomendación ha surgido ante la necesidad de recoger datos fiables sobre los niveles de acrilamida en los alimentos con el fin de tener una idea clara de los niveles de acrilamida en los productos alimenticios que se sabe contienen altos niveles de acrilamida y/o contribuyen significativamente a la ingesta alimentaria de esa sustancia por parte del conjunto de la población y por grupos vulnerables específicos, como lactantes y niños de corta edad.
La evaluación de los resultados analíticos por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) permitirá determinar la eficacia de las medidas voluntarias desarrolladas por parte de la industria alimentaria. Asimismo, los datos obtenidos van a servir para que la EFSA pueda proseguir con los esfuerzos encaminados a reducir las concentraciones de este contaminante.
Agencia Española de Seguridad Alimentaria