Reforma del azúcar: el Consejo aprueba el régimen mejorado de reestructuración del sector

Desafortunadamente, las renuncias a la cuota registradas durante los dos primeros años de vigencia del régimen han sido considerablemente inferiores a lo esperado, motivo que ha exigido la introducción de cambios para aumentar su atractivo. Las principales modificaciones aprobadas son las siguientes: el porcentaje de la ayuda concedida a los productores y contratistas de maquinaria deberá fijarse en un 10%, aunque los productores que renuncien a parte de su cuota recibirán un pago adicional; están asimismo previstos pagos retroactivos para evitar penalizar a quienes ya hayan renunciado a sus cuotas. Otra novedad: los productores de remolacha podrán solicitar directamente la ayuda del fondo de reestructuración hasta determinados límites.

Como incentivo adicional para conseguir la participación de las empresas, aquéllas que renuncien a una determinada proporción de su cuota en la campaña de 2008/09 quedarán exentas del pago de la tasa de reestructuración correspondiente a la parte de su cuota que haya sido objeto de retirada preventiva en la campaña de comercialización 2007/08. Se implanta además una nueva solicitud de renuncia a la cuota en dos fases: la primera (fecha límite 31/1/08, debe corresponder como mínimo a la retirada preventiva decidida el pasado mes de marzo para permitir participar en la segunda fase (fecha límite 31/3/08).

La Comisión comunicará a las empresas después de la primera fase la medida en que pueden ser objeto de reducciones sin indemnización en 2010 si no participan en la segunda fase. La Comisión está convencida de que estas modificaciones deberán redundar en la liberación de unas 3,8 millones de toneladas de cuota de azúcar que vendrán a añadirse a los 2,2 millones de toneladas liberadas hasta la fecha. Si la cuota liberada de aquí a 2010 resulta insuficiente, la Comisión efectuará reducciones obligatorias cuyo nivel dependerá de la medida en que cada Estado miembro haya renunciado a la cuota con arreglo al régimen de reestructuración.

Mariann Fischer Boel, Comisaria de Agricultura y Desarrollo Rural, afirmó lo siguiente: «Estoy profundamente satisfecha de que los Ministros hayan aprobado estas modificaciones fundamentales del fondo de reestructuración. Se trata de un elemento clave de nuestra reforma, que ofrece incentivos financieros a las fábricas que se ven incapaces de competir tras la reducción de los precios. Estoy segura de que los cambios aprobados incitarán a muchas más empresas a renunciar a parte de su cuota, y las animo encarecidamente a que aprovechen esta oportunidad. A medida que vayan disminuyendo los precios, la situación se irá dificultando, y después de 2010 no quedarán ya fondos para ayudar a los productores que se vean obligados a abandonar el sector.»

Principales cambios aprobados:

El porcentaje de ayuda que se concederá a los productores y los contratistas de maquinaria quedará fijado en un 10 %, con un complemento especial para los productores, pagadero con carácter retroactivo. Para la campaña de comercialización 2008/09 los productores recibirán un pago adicional de 237,5 euros por cada tonelada de cuota a la que renuncien.

Los productores de remolacha podrán solicitar directamente la renuncia a la cuota, hasta un 10 % de la cuota de cada fábrica.

Las solicitudes de renuncia a la cuota para 2008/09 deberán presentarse en dos fases, debiendo la primera de ellas corresponder como mínimo a la retirada preventiva aprobada el pasado mes de marzo para permitir la participación en la segunda fase. Tras la primera fase, se notificará a las empresas cual es su riesgo de reducción de las cuotas en 2010 si no participan en la segunda fase.

La fórmula para la reducción final de la cuota propone un elevado índice de deducción de la cuota liberada al nivel de las empresas a fin de ofrecer a éstas un mayor incentivo para participar en el régimen de reestructuración voluntario.

También se puede otorgar a los productores un elevado nivel de compensación por la cuota a la que renuncien para la campaña 2009/10, siempre que la solicitud obligatoria se haya presentado antes del 31 de enero de 2008. Lo importante es que se libere la cuota y que el compromiso se adquiera con la antelación suficiente a fin de que la situación esté clara para todos los interesados en marzo de 2008. Evidentemente, en este caso deberá pagarse la tasa de reestructuración para 2008/09.

Por lo que respecta al régimen de retirada, la decisión inicial previa a la siembra podrá quedar completada con una nueva retirada en el mes de octubre. La retirada no reducirá las necesidades tradicionales de suministro a las refinerías. Para el periodo comprendido hasta la campaña de 2009/10, los Estados miembros que ya hayan renunciado a la cuota deberán efectuar menores retiradas.

Comision Europea

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