El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que regulan las modalidades de aplicación de la ayuda al suministro de leche y productos lácteos a los alumnos de centros escolares reconocidos oficialmente, comprendiendo los jardines de infancia, centros de enseñanza primaria y secundaria, formación profesional de grado medio y centros de enseñanza especial.
Estas ayudas se otorgarán exclusivamente para productos como la leche entera, semidesnatada y desnatada tratadas térmicamente, para el yogur de leche entera, semidesnatada y desnatada, así como para los quesos frescos y fundidos con un contenido de al menos el 40% de grasas, y para otros tipos de quesos en cuya composición se encuentre más de un 45% de materias grasas.
La nueva normativa establece la concesión de ayudas para una cantidad máxima global de 0,25 litros de equivalente de leche por alumno y día lectivo, siempre que se consuma en las dependencias del establecimiento escolar, cubriendo todo el curso lectivo, extendiéndose en el caso de guarderías y centros de educación especial, a los meses estivales en que permanezcan abiertos.
Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, encargados de gestionar y controlar el uso de las ayudas, fijarán para cada curso escolar, en función del importe de la subvención, el precio máximo que deberá pagar el alumno para los diferentes productos, enviando al Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), los precios que regirán durante cada año escolar.
MAPA