Repercusión en el sector de la patata de la reforma de la OCM de frutas y hortalizas

En la reforma aprobada el martes se acordó la prohibición de cultivar frutas y hortalizas en tierras incluidas en el régimen de pago único durante un periodo transitorio de tres años, hasta 2010, y la patata recibirá el mismo tratamiento, según informó el Secretario General de Agricultura, Josep Puxeu, en la reunión que mantuvo ayer con las organizaciones agrarias, Cooperativas y FEPEX, para exponer los principales acuerdos de la reforma aprobada. Por tanto, en las parcelas declaradas para el cobro de las ayudas a la renta en el régimen de pago único no se podrán cultivar frutas y hortalizas, incluida la patata hasta 2010.

Según el acuerdo del Consejo a la patata se le aplicarán también las normas de competencia aplicables al sector de frutas y hortalizas, pero se establece un periodo transitorio por el que las ayudas nacionales que otorgan algunos Estados miembros podrán seguir vigentes hasta el 31 de diciembre de 2011.

Por último, se excluye a la patata de las frutas y hortalizas con normas de calidad comercial. En el último texto del proyecto de Reglamento de la reforma se incluía la patata entre las frutas y hortalizas con norma de calidad comercial. No obstante, en el debate del Consejo de Ministros, la Comisión se ha opuesto frontalmente a desarrollar una norma comunitaria, por lo que seguirán estando en vigor las normas nacionales. Se mantiene, por tanto, el estatus actual y se excluye específicamente a la patata en el compromiso del Consejo del artículo 2 relativo a las normas de calidad comercial.

El Secretario General informó también de que el Ministerio de Agricultura creará mesas de trabajo sectoriales para consensuar el desarrollo normativo en el ámbito nacional de la OCM de frutas y hortalizas.
Desde el punto de vista de FEPEX, el desarrollo normativo de aplicación de la Comisión y de los Estados miembros será determinante para los resultados futuros de la reforma en todos los aspectos relacionados con los fondos operativos, la utilización agraria de las tierras, el reconocimiento de las organizaciones de productores y los periodos transitorios de las ayudas a la transformación.

FEPEX

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