El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica la legislación vigente en materia de identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche, actualizando su contenido, así como el de la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo.
El nuevo Real Decreto incorpora, con el objeto de equiparar las condiciones de todas las especies, los requisitos dirigidos a los productores de leche cruda de oveja y cabra así como la experiencia obtenida tras la aplicación práctica de la norma en el sector de la leche de vaca.
Por un lado incluye la modificación de la definición de silo, de responsable principal de centro lácteo y de responsable secundario de centro lácteo. Además modifica la etiqueta de identificación de cisternas.
Por otro lado, y en relación con la normativa básica de control que deben cumplir los operadores del sector lácteo se modifica el contenido añadiendo la figura de “centro de gestión de subproductos”, así como todas aquellas cuestiones de carácter técnico que ha sido necesario aclarar de cara a optimizar una aplicación homogénea, tras los tres años en vigor del mencionado Real Decreto.
MARM