Los mataderos autorizados para al sacrificios de los animales procedentes de campañas oficiales de saneamiento ganadero podrán realizar el sacrificio de los bovinos sujetos a pruebas "post mortem" en relación con la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB), siempre que cumplan las condiciones técnicas que les especifique la Administración Foral. Así lo ha acordado el Gobierno de Navarra, teniendo en cuenta que la Comunidad Foral cuenta, por un lado, con su propio laboratorio para el análisis de pruebas rápidas y que, por otra parte, existe una industria de transformación para el tratamiento de los materiales especificados de riesgo generados en toda Navarra.
Asimismo, el Gobierno ha establecido que en los espectáculos taurinos celebrados en Navarra las reses de lidia muertas no podrán destinarse al consumo humano. Quienes sean responsables del espectáculo deberán garantizar la recogida de los cadáveres de las reses y su traslado por transportista autorizado a un centro o industria de tratamiento de materiales especificados de riesgo u otro lugar que se indique, para su eliminación.
Con estos acuerdos del Gobierno se modifica parcialmente el Decreto Foral 381/2000, de 26 de diciembre, por el que se adoptaron medidas urgentes en relación con la prevención de la EEB en Navarra.
GABINETE DE PRENSA