SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATOS TIPO DE PRODUCTOS AGROALIMENTARIOS

El Consejo de Ministros, reunido hoy, ha aprobado el reglamento de la ley de contratos tipo de productos agroalimentarios. Esta normativa, regula los contratos tipo de productos agroalimentarios cuyo ámbito de aplicación se extiende a más de una Comunidad Autónoma, incluyendo los procedimientos de homologación, prórroga , la solución de posibles controversias en la interpretación de los mismos y la definición del papel de las comisiones de seguimiento. La ley de contratos tipo fue aprobada el pasado 7 de enero, con el doble objetivo de conseguir que exista transparencia en el mercado agroalimentario y, al mismo tiempo, simplificar la compleja y abundante legislación que existía en la materia. El modelo de contrato tipo propuesto por esta ley y al que los operadores pueden acogerse libremente, incluye la identificación de las partes contratantes, la definición del producto, la cantidad, calidad, presentación, calendario y lugar de entrega, así como cualquier otro aspecto relativo a la posición comercial, en los términos que los operadores establezcan. Este modelo pretende cubrir las deficiencias derivadas de las especiales características del sistema agroalimentario, que hacen difícil el conocimiento de las transacciones que los distintos y numerosos operadores realizan. Se trata por tanto de conseguir un mejor equilibrio entre pequeños y grandes operadores, dado que el contrato propuesto garantiza que la información contenida se de a conocer a todos los operadores. Esto supone un eficaz instrumento para combatir la posición dominante que sufren los más pequeños, con mayor dificultad para conseguir la información.

MINISTERIO DE AGRICULTURA

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