El Programa Nacional de abandono, contemplará que el productor deje una parte o la totalidad de la producción lechera, estableciendo un periodo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la Orden Ministerial, para solicitar el abandono de la producción al órgano competente de la Comunidad Autónoma donde radique la explotación del solicitante. Además cada productor deberá hacer efectivo el abandono antes del 31 de marzo de 2008.
La Orden Ministerial establecerá también que no existirán límites a la participación, en función de la cuota individual disponible por el productor a fecha de 1 de abril de 2007, fijando una única cuantía de indemnización de 0,19 euros por kilogramo de cuota indemnizable.
En este programa de abandono se siguen manteniendo las mismas características de otros años de forma que la indemnización percibida no se integrará en la base imponible del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre Sociedades, y además los solicitantes de abandono, si quieren, pueden seguir cotizando a la Seguridad Social o solicitar el cese anticipado.
En relación con las cesiones temporales, se marcará un plazo de presentación de solicitudes que abarcará desde la entrada en vigor de la Orden ministerial hasta el 28 de febrero de 2008, ambas fechas inclusive.
Esta medida atiende la demanda del sector y es de enorme importancia en los últimos días del período actual, ya que las cesiones aportan flexibilidad al sistema y sirven para compensar los excesos de producción de algunos ganaderos con los déficit de otros.
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