Se establece un régimen temporal para la reestructuración del sector del azúcar

Este Decreto tiene por objeto establecer el sistema de pago de las cotizaciones que tienen que realizar las empresas que tengan asignadas una cuota de producción de azúcar antes del 1 de julio de 2006.

Conforme la nueva normativa, se establece un sistema para financiar los procesos de reestructuración del sector del azúcar y un sistema para la recaudación del importe temporal de reestructuración, así como para la gestión, control y pago de las ayudas a la reestructuración y diversificación. El importe temporal de reestructuración se abonará por campaña de comercialización y tonelada de cuota que tengan asignada.

Este Real Decreto será de aplicación a las empresas productoras de azúcar, con cuota asignada antes del 1 de julio de 2006, a los agricultores y contratistas de maquinaria afectados por la reestructuración del sector del azúcar, así como a los beneficiarios de las ayudas a las diversificación.

En el texto se dispone una ayuda a la reestructuración cuando se abandone la producción de azúcar correspondiente a la cuota asignada a la empresa. En virtud de ello, las empresas dispuestas a renunciar a la totalidad o parte de sus cuotas y que quieran acogerse a la ayuda a la reestructuración, deben presentar una solicitud en la que faciliten toda la información de carácter técnico, social, medioambiental y financiero para que se pueda adoptar una decisión sobre la ayuda.

Las cotizaciones para la financiación del fondo, de todas las empresas de la Unión Europea que producen azúcar, en los próximos tres años serán de 126,4 €/Tm durante la campaña 2006/07, de 173,4 €/Tm en la 2007/2008 y de 113,3 €/Tm en la 2008/09, lo que permitirá alcanzar un total para el fondo en el entorno de 300 millones de euros.

Los productores participarán de las ayudas destinadas a la reestructuración de las industrias. En este sentido el Real Decreto dispone que los productores de remolacha percibirán entre el 10% y el 15% de la ayuda, de acuerdo con las decisiones que tomen las Comunidades Autónomas en que radique la fábrica.

Con independencia de estas ayudas, los agricultores recibirán además las compensaciones que les correspondan por el pago único.

En otro orden de cosas, el fondo de reestructuración permite financiar medidas denominadas de diversificación, que se establecerán para cada año en el contexto de un Programa nacional de reestructuración, en el que se priorizará la búsqueda de nuevas salidas para los productos agrícolas y silvícolas encaminadas al desarrollo de fuentes renovables de energía y producción de biocarburantes.

La cantidad total de ayuda disponible resultará de la aplicación de los parámetros fijados para cada una de las campañas y que son de 109,5 €/Tm en la campaña 2006/2007, de 109,5 €/Tm en la campaña 2007/2008, de 93, 8 €/Tm en la 2008/09 y de 78 €/Tm en la 2009/10.

En la elaboración de este Real Decreto han sido consultadas las comunidades autónomas, las organizaciones profesionales agrarias y las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados.

ASAJANET

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