Nota de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
La Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden por la que se fijan los periodos hábiles de caza y las vedas especiales en la Comunidad Autónoma para la temporada cinegética 2007/2008.
El director general del Medio Natural, José Ignacio Nicolás, explicó con respecto a las especies de caza menor que, en los terrenos sometidos a régimen cinegético especial (cotos de caza), el periodo hábil será desde el día 8 de octubre de 2007 hasta el 8 de febrero de 2008, ambos inclusive.
En los terrenos cinegéticos de aprovechamiento común (o “libres”) el periodo será desde el primer domingo de noviembre de 2007 hasta el último domingo de diciembre de 2008, ambos inclusive, limitándose la caza a los domingos de 9 a 13 horas, exclusivamente en terrenos con superficie continua igual o superior a 250 hectáreas, pudiendo cazarse dos piezas por día cada cazador.
En cuanto a la caza en media veda, en los terrenos sometidos a régimen cinegético especial el periodo de caza para codorniz, tórtola común y paloma torcaz, además del establecido con carácter general, será el comprendido entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre de 2007, ambos inclusive. Los días hábiles serán los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional. Además durante la media veda se suspende la práctica de la caza en los terrenos cinegéticos de aprovechamiento común.
Por otra parte para las aves migratorias no acuáticas, el periodo hábil de caza para estas especies finalizará el día 31 de enero de 2008. En cuanto a las aves acuáticas va desde el 15 de octubre de 2007 hasta el 31 de enero de 2008. Para la perdiz roja con reclamo el periodo será desde el día 1 de febrero hasta el 14 de marzo de 2008, ambos inclusive, únicamente en terrenos sometidos a régimen cinegético especial.
En lo que se refiere a caza mayor, el ciervo, gamo, jabalí, muflón y arrui, el periodo hábil va desde el día 8 de octubre de 2007 hasta el 21 de febrero de 2008, ambos inclusive.
Para el corzo el periodo hábil para el año 2008, será el comprendido entre el 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2008, ambos inclusive. Solo en cotos y en la modalidad de rececho. Y para la cabra montés será desde el 15 de noviembre de 2007 hasta el 15 de enero de 2008, ambos inclusive.
Consejo Regional de Caza
Por otro lado, el director general del Medio Natural explicó también que durante la última reunión celebrada por el Consejo Regional de Caza los miembros que lo conforman informaron favorablemente sobre el borrador del Plan de Gestión de conejo de monte, emplazándolo a una última lectura y que prosiga su tramitación al Consejo Asesor de Medio Ambiente (CAMA) para la aprobación del decreto y declarando esta especie como de Interés Preferente.
Asimismo, una vez modificada la Ley de Caza, se trató sobre el borrador de decreto que regula la cetrería como modalidad cinegética y que también fue informado de forma favorable por una mayoría de los miembros del Consejo de Caza.
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha