Se fijan nuevas condiciones para la protección del porcino en las explotaciones

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se fijan nuevas condiciones para la protección del porcino en las explotaciones ganaderas, incorporando así a la normativa nacional, las directivas comunitarias sobre protección de cerdos de cría y engorde en los modernos sistemas de explotación.

En este sentido, el Real Decreto contempla los requisitos que deben cumplir las explotaciones para cubrir las necesidades de los animales confinados para la cría y el engorde, manteniendo un equilibrio entre el bienestar, la sanidad, los factores económicos y sociales y el impacto medioambiental.

Para ello se determina la superficie con la que deberán contar los animales según se encuentren en solitario o en grupo, y las condiciones que deben reunir los locales de estabulación para garantizar la limpieza y el acceso al agua y a la alimentación, prohibiéndose la construcción o acondicionamiento de instalaciones en las que se ate a los animales, y el uso de procedimientos de identificación que pueda provocar lesiones.

El control del cumplimiento de estas disposiciones correrá a cargo de la autoridad competente de las Comunidades Autónomas, a través de inspecciones que deberán realizar anualmente, con unas muestras estadísticas representativas que recojan los distintos sistemas de cría de su territorio.

También será responsabilidad de las Comunidades Autónomas, la organización de cursos para el personal encargado del cuidado de los cerdos, cuya duración mínima será de 20 horas, y en los que se incluirán contenidos técnicos y prácticos sobre fisiología y comportamiento animal, así como conceptos generales de sanidad y legislación sobre bienestar animal.

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