Sin embargo este año, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, facultado por la legislación estatal para modificar esta fecha, ha decidido ampliarla hasta el 30 de septiembre inclusive, una vez consultadas las Comunidades Autónomas, ya que considera que la reforma de la OCM del sector de frutas y hortalizas, que entró en vigor el 1 de enero de 2008, ha supuesto una modificación sustancial de los procedimientos con respecto al régimen anterior.
Por ello ha considerado conveniente ampliar el plazo mencionado anteriormente, y así aparece publicado el lunes en el Boletín Oficial del Estado, para que las Organizaciones de Productores se adapten a la nueva normativa y cumplan sus obligaciones de manera adecuada, así como para clarificar y complementar a nivel nacional algunos aspectos de la nueva normativa.
En cuanto a las OPFH que tengan domicilio social en la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberán entregar sus solicitudes en el Registro General o Registros Auxiliares de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, cuya Dirección General de Política Agraria Comunitaria será la encargada de gestionarla.
La finalidad de los Programas Operativos destinados a las OPFH, o bien se vinculan a grandes inversiones en las cooperativas y centrales hortofrutícolas o bien a inversiones en las propias explotaciones de los socios cooperativistas.
Junta de Extremadura