Nota de la Junta de Extremadura
La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente publicó la semana pasada en el Diario Oficial de Extremadura un Anuncio para dar a conocer el trámite de solicitud de movimientos de los derechos definitivos de pago único. Para este año 2007 el período para la presentación de solicitudes será el mismo que para las ayudas de la PAC, es decir, hasta el próximo 30 de abril.
Una vez que los derechos definitivos de pago único ya han sido establecidos y comunicados a los que son sus titulares durante el primer año de aplicación del régimen de pago único en España, existe la posibilidad de que se produzcan cesiones de derechos que implicarán cambios en la titularidad de los mismos, con efecto en las próximas campañas.
Los distintos tipos de cesiones de estos derechos sólo podrán realizarse a otro agricultor establecido en España, bien como venta, arrendamiento o cualquier otra forma establecida en derecho, en todo el territorio nacional. Únicamente se podrán realizar cesiones definitivas de derechos una vez que éstos se hayan establecido definitivamente.
Las cesiones definitivas de derechos, ya sean por venta u otro medio, pueden ser con o sin tierras. Sin embargo, el arrendamiento o transacciones similares sólo son posibles si se cede, junto con los derechos, un número equivalente de hectáreas admisibles.
Existen quince tipos de cesión establecidos en el Anuncio y para cada uno se exige una serie de requisitos y documentación. En muchos de los casos es obligatorio ceder a la Reserva Nacional un tanto por ciento de “peaje” por la compraventa o cesión definitiva de derechos.
Junta de Extremadura