El Boletín Oficial de Canarias (BOC) en su edición del lunes, 15 de abril, publica el Decreto 29/2002, de 25 de marzo, por el que se regula el funcionamiento de las instalaciones denominadas puntos limpios. El citado Decreto tiene por objeto regular las condiciones y características de estas infraestructuras, que define la Ley 1/1999, de 26 de enero, de Residuos de Canarias, de manera que se efectúe la correcta gestión de los residuos urbanos que se depositan en ellas, sin olvidar que la Ley de Residuos de Canarias establece en su artículo 26 que la gestión de los puntos limpios corresponde a los cabildos insulares, mientras que es competencia de la Comunidad Autónoma su ejecución.
Un punto limpio es una instalación adecuadamente equipada para la recogida y almacenamiento de residuos urbanos, salvo basuras domésticas y determinados residuos industriales. Allí se reciben los residuos previamente seleccionados, aportados de forma voluntaria por los ciudadanos, quienes los depositan en los correspondientes contenedores para su posterior reciclado, reutilización o valorización.
Los residuos constituyen el primer problema medioambiental del Archipiélago y, por ello, propiciar su mejor gestión es uno de los objetivos fundamentales del Gobierno de Canarias. De ahí que en los últimos meses se haya impulsado la puesta a disposición de los cabildos insulares de seis nuevos puntos limpios en las islas de Gran Canaria, La Palma y El Hierro.
La superficie y equipamiento de los puntos limpios es proporcional al número de habitantes por centro de recogida. Así, se contemplan tres tipos de instalaciones: tipo A, de 5.000 a 10.000 habitantes por centro de recogida (2.600 metros cuadrados de extensión); tipo B, de 30.000 a 50.000 habitantes por centro de recogida (3.100 metros cuadrados); y punto limpio tipo C, hasta 100.000 habitantes por centro de recogida (4.100 metros cuadrados).
La gestión de los residuos en los puntos limpios deberá perseguir los siguientes objetivos: separar los residuos generados en los hogares, especialmente los peligrosos, cuya eliminación conjunta con el resto de los residuos urbanos representa un riesgo y contribuye a la contaminación del medio ambiente; evitar el vertido incontrolado de residuos voluminosos que no pueden ser eliminados a través de los servicios convencionales de recogida de basuras; aprovechar los materiales contenidos en los residuos urbanos que son susceptibles de un reciclaje directo, consiguiendo con ello un ahorro energético y de materias primas, y reduciendo el volumen de residuos a eliminar; y buscar la mejor solución para cada tipo de residuo, con el objetivo de conseguir la máxima valoración de los materiales y el mínimo coste en la gestión global.
En estos momentos Canarias produce más de tres millones de toneladas de residuos al año, lo que supone un ratio de 1,6 kilo diario por habitante, superando en un 25% de la media nacional.
Posibilitar la mejor gestión de los residuos es además un objetivo básico recogido por el Plan Integral de Residuos de Canarias (PIRCAN), documento que plantea una inversión superior a los 59.000 millones de pesetas en seis años, y que incluye entre sus prioridades la ejecución de infraestructuras básicas como los complejos ambientales. El PIRCAN tiene como uno de sus objetivos primordiales la construcción de la infraestructura necesaria que permita la centralización de la gestión de los residuos.
Gobierno de Canarias