Seguro de Explotaciones de Cultivos Herbáceos Extensivos

Por tercer año consecutivo y dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados es posible asegurar de forma conjunta, las producciones herbáceas extensivas en un Seguro de Explotaciones de Cultivos Herbáceos Extensivos, con dos líneas diferentes de contratación.

Si se trata de cereales, leguminosas, colza y girasol en secano, el Seguro es de Rendimientos y garantiza la pérdida de producción ocurrida en toda la explotación, debido a cualquier adversidad climática que no pueda ser normalmente controlada por el agricultor.

Para el resto de producciones asegurables en regadío, el Seguro es de Daños y  garantiza las pérdidas, en cada una de las parcelas, que puedan ocasionar el pedrisco, el incendio, la inundación, la lluvia torrencial, la lluvia persistente y el viento huracanado.

La principal novedad para esta campaña, es la posibilidad de contratar este seguro a toda persona física o jurídica que presente en la campaña en curso la correspondiente Declaración de Ayudas de la PAC, aunque no se encuentre en la base de datos creada específicamente en el seguro agrario en donde se fijan los rendimientos máximos de la explotación, mediante el establecimiento de unos coeficientes aplicables a las tablas de rendimientos de la zona.

Para todas estas explotaciones no identificadas en dicha base de datos, el coeficiente de rendimiento será del 0,6% y el nivel de tasa corresponde a la denominada opción o grupo H. El resto de explotaciones con titulares incluidos en la base de datos, aseguraran con el coeficiente de rendimiento que figura en la misma.

En el caso de que el agricultor no estuviera conforme con dicho rendimiento, en el mismo momento de contratar el seguro es posible realizar una solicitud para su revisión que deberá ser por escrito, en el impreso creado para tal efecto y enviársela a Agroseguro antes de la finalización del periodo de contratación. Igualmente, en determinadas condiciones, puede solicitar una revisión en caso de transmisión o cambio de titularidad.

Para el Seguro de Rendimientos, la fecha de inicio de suscripción es el 1 de septiembre y la finalización, dependiendo de la situación geográfica de las parcelas, se establece en el 1 de diciembre o el 15 de diciembre, respectivamente.

La contratación en el Seguro de Daños comprende desde el 1 de marzo hasta el 15 de junio del 2003.

Es importante recordar la obligación de asegurar todos los cultivos asegurables que posea en el territorio nacional a quien suscriba el Seguro de Explotación de Cultivos Herbáceos Extensivos, salvo casos debidamente justificados, dando lugar a la pérdida del derecho de la indemnización.

Esta línea de seguro se encuentra muy subvencionada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que, a través de Enesa, aporta hasta el 49% del coste neto del seguro, el cual se descuenta en el mismo momento en que se formaliza la póliza de seguro. El porcentaje de subvención que se aplica en cada caso se obtiene mediante la suma de unos porcentajes parciales que dependen de las condiciones de contratación y del propio asegurado, siendo los siguientes:

TIPO DE SUBVENCIÓN

PORCENTAJES

SUBVENCIÓN BASE

(APLICABLE A TODOS LOS ASEGURADOS)

23%

SUBVENCIÓN POR CONTRATACIÓN COLECTIVA

5%

SUBVENCIÓN ADICIONAL POR SER AGRICULTOR PROFESIONAL O TITULAR DE UNA EXPLOTACIÓN PRIORITARIA

14%

SUBVENCIÓN POR MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

(APLICABLE A TODOS LOS ASEGURADOS)

5% o 7%

Además de las subvenciones anteriores, las Comunidades Autónomas conceden subvenciones adicionales que hacen todavía más asequible el coste del seguro.

El agricultor interesado en este seguro puede solicitar más información a la ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS  C/ Miguel Angel 23-5ª planta 28010 MADRID (teléfono: 913081030, fax: 913085446 y correo electrónico: seguro.agrario@mapya.es) y sobretodo a su Tomador del Seguro o a su Mediador. Éstos se encuentran próximos a él y le pueden aclarar cuantas dudas se le planteen antes de realizar la póliza y posteriormente asesorarle  en caso de siniestro.

Enesa

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