Seguro de Rendimientos en Explotaciones de Cultivos Herbáceos Extensivos

Desde el 1 de septiembre y hasta el 18 de diciembre del 2004, los agricultores podrán asegurar contra el riesgo de sequía, la producción de cereales de invierno, leguminosas grano, girasol y colza en secano, en el Seguro de Rendimientos de Cultivos Herbáceos Extensivos.

Este seguro garantiza la pérdida de producción ocurrida en toda la explotación, debido a cualquier adversidad climática que no pueda ser normalmente controlada por el agricultor, incluida la sequía.

Para las producciones asegurables en regadío, el seguro es de daños y garantiza las pérdidas, en cada una de las parcelas, que puedan ocasionar el pedrisco, el incendio, la inundación, la lluvia torrencial, la lluvia persistente y el viento huracanado. La contratación en el Seguro de Daños comprende desde el 1 de marzo hasta el 15 de junio del 2005.

En el caso de que el agricultor no estuviera conforme con dicho rendimiento, en el mismo momento de contratar el seguro es posible realizar una solicitud para su revisión que deberá ser por escrito, en el impreso creado para tal efecto y enviársela a Agroseguro admitiéndose hasta quince días después de la finalización del periodo de contratación. Es importante recordar la obligación de asegurar todos los cultivos asegurables que posea en el territorio nacional a quien suscriba el Seguro de Explotación de Cultivos Herbáceos Extensivos, salvo casos debidamente justificados, dando lugar a la pérdida del derecho de la indemnización.

Esta línea de seguro se encuentra muy subvencionada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que, a través de Enesa, aporta hasta el 48% del coste neto del seguro, el cual se descuenta en el mismo momento en que se formaliza la póliza de seguro. El porcentaje de subvención que se aplica en cada caso se obtiene mediante la suma de unos porcentajes parciales que dependen de las condiciones de contratación y del propio asegurado, siendo los siguientes:

TIPO DE SUBVENCIÓN PORCENTAJES
Subvención base aplicable a todos los asegurados 22%
Subvención por contratación colectiva 5%
Subvención adicional según las condiciones del asegurado 14%
Subvención por renovación de contrato 5% o 7%*
(*) Según se hayan asegurado en uno o dos años anteriores.
Además de las subvenciones anteriores, las Comunidades Autónomas conceden
subvenciones adicionales que hacen todavía más asequible el coste del seguro.

El agricultor interesado en este seguro puede solicitar más información a la
ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS C/ Miguel Angel 23-5ª planta 28010
MADRID (teléfono: 913081030, fax: 913085446 y correo electrónico:
seguro.agrario@mapya.es) y sobretodo a su Tomador del Seguro o a su Mediador. Éstos
se encuentran próximos a él y le pueden aclarar cuantas dudas se le planteen antes de
realizar la póliza y posteriormente asesorarle en caso de siniestro.

ENESA

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