Seguro de sequía en los pastos aprovechados por el ganado en régimen extensivo

Desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de octubre de 2001, los ganaderos con explotaciones de ganado vacuno, ovino o caprino tienen a su disposición un novedoso seguro dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados del 2001. Gracias a él, podrán compensar el incremento de costes en la alimentación de los animales, que se originan cuando debido a la sequía existen problemas de escasez de pastos.

Para su contratación es necesario que las explotaciones ganaderas tengan las reses correctamente identificadas e inscritas en el Libro de Registro de Explotación, además de cumplir otros requisitos que se indican en la normativa que regula este seguro. No siendo asegurables las explotaciones de ganado intensivo de cebo ni los centros de inseminación artificial.

El capital asegurado de la explotación coincide con el límite de la indemnización y se calcula multiplicando el número de animales declarados por el precio unitario de aseguramiento a efecto del seguro, establecido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el número de decenas comprendidas en un año. En el precio unitario aplicable a los animales reproductores se incluye la parte proporcional correspondiente a los animales de recría. Para el ganado vacuno, el precio establecido es de 2.213 pesetas (13,30 euros) por animal reproductor y decena de días, y para el ganado ovino y caprino es de 333 pesetas (2,00 euros).

La indemnización en caso de siniestro se establece en función del desarrollo de la vegetación herbácea, evaluada a través del valor que alcance el índice de vegetación actual en cada decena del año y para cada zona homogénea de pastoreo. Para el cálculo de la indemnización se establecen dos ciclos productivos; el primero que va desde la primera decena de octubre hasta la tercera decena de febrero, ambas incluidas. El segundo ciclo comprende desde la primera decena de marzo a la tercera decena de septiembre, ambas incluidas.

Se considera que se ha producido un siniestro de sequía, cuando el índice de vegetación actual, medido cada diez días, es inferior durante más de tres decenas, al índice de vegetación garantizado.

Todo el sistema de valoración de la sequía se realiza utilizando imágenes de satélite, siendo un diseño muy novedoso en los seguros agrarios que ha permitido poner en marcha esta nueva línea de seguro con gran rapidez y confianza en su funcionamiento.

El Ministerio de Agricultura, pesca y Alimentación a través de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios subvenciona este seguro en una cantidad máxima del 43%. El porcentaje de subvención a aplicar se obtiene mediante la suma de los distintos porcentajes que, según las características del asegurado, le corresponden entre los siguientes:

TIPO DE SUBVENCIÓN PORCENTAJES DE SUBVENCIÓN

Subvención base aplicable a todos los ganaderos

19%

Subvención por contratación colectiva

5%

Subvención según las condiciones del ganadero

14%

Subvención por renovación de contrato

5%

El ganadero interesado en este seguro puede solicitar más información a la ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS C/ Miguel Angel 23-5ª planta 28010 MADRID con teléfono: 913081030, fax: 913085446 y correo electrónico: seguro.agrario@mapya.es y a través de la página web www.mapya.es. Y sobretodo a su Tomador del Seguro o a su Mediador, ya que éstos se encuentran más próximos y le pueden aclarar cuantas dudas se le planteen antes de realizar la póliza y posteriormente asesorarle en caso de siniestro.

MAPA

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