La Cámara adoptó ayer en primera lectura un conjunto de enmiendas de compromiso, pactadas con el Consejo, que hacen más estricta la propuesta de la Comisión sobre los «contaminantes orgánicos persistentes» (POPs, en sus siglas en inglés) y establecen la progresiva reducción de la producción y comercialización de este tipo de sustancias – incluyendo la prohibición total de algunas de ellas-, por cuestiones de protección al medio ambiente y de salud. El reglamento recoge en la legislación comunitaria los acuerdos alcanzados por los Estados Miembros en la Conferencia de Estocolmo sobre POPS.
Principales prohibiciones
Las enmiendas aprobadas amplían la lista de sustancias que quedarán prohibidas totalmente a finales del 2007, añadiendo el HCH, lindano incluido (enm. 117). También se prohiben las operaciones de eliminación o recuperación de residuos que pudieran comportar el reciclado o reutilización de los POPs prohibidos en el anexo de este reglamento. Sin embargo, se otorgará una mayor flexibilidad a los Estados para aplicar excepciones a esta prohibición (97).
Entre los contaminantes orgánicos persistentes más conocidos que resultaran prohibidos por el reglamento se encuentra el DDT. Otras sustancias de este tipo como la aldrina, el clordano, la dieldrina, la endrina, el heptacloro, el exaclorobenceno, el mirex, el toxafeno o el policlorobifenilos quedarán igualmente prohibidas.
El compromiso alcanzado por el Parlamento con el Consejo en primera lectura permitirá la adopción definitiva durante la presente legislativa de la Cámara, que finaliza en mayo, y facilitará la pronta entrada en vigor del reglamento
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