El «Acuerdo sobre medidas del Estado rector del puerto para prevenir, evitar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada» será el primer tratado a nivel mundial centrado de forma específica en el problema de la pesca INDNR. Se espera que el acuerdo ayude a impedir que el pescado capturado de forma ilícita entre en el mercado internacional, eliminando así un importante incentivo para los pescadores que se dedican a prácticas ilegales.
En el Acuerdo los países se comprometen a tomar una serie de medidas para dificultar la entrada en sus puertos a los pescadores que se dedican a la pesca INDNR. Entre sus puntos principales, incluye:
• Los barcos de pesca extranjeros que pretendan atracar estarán obligados a solicitar permiso con antelación en una serie de puertos especialmente designados, transmitiendo información sobre sus actividades y el pescado que llevan a bordo. De esta forma las autoridades tendrán oportunidad de detectar las actividades ilícitas de forma anticipada.
• El tratado obliga a los países a inspecciones regulares y establece una serie de normas a utilizar durante estas inspecciones. El examen de la documentación del navío, de sus aparejos de pesca, de las capturas y del libro de bitácora puede a menudo desvelar si ha realizado actividades de pesca ilícita.
• Los países firmantes deben garantizar que los puertos y los inspectores cuentan con el equipo y la formación adecuados.
• Cuando a una embarcación se le niegue el acceso, los Estados rectores de los puertos deben difundir esa información públicamente y las autoridades nacionales del país de pabellón del navío deben tomar las medidas consiguientes.
• El tratado pide la creación de redes para compartir la información que permitan a los países tener los datos sobre los barcos asociados a la pesca INDNR, y también prevé ayuda para que los países en desarrollo con escasos recursos puedan cumplir las obligaciones del acuerdo.
Estas medidas se aplican a los barcos de pesca extranjeros que están bajo una bandera diferente a la de los Estados rectores de los puertos (ver definiciones más adelante), sin embargo los países pueden aplicarlas a sus propias flotas pesqueras sí así lo deciden.
«Al impedir la gestión responsable, la pesca INDNR daña la productividad de las pesquerías, o lleva incluso a su colapso. Es un grave problema para la gente que depende de ellas como fuente de alimentos y de ingresos», señaló el Director General Adjunto de la FAO para Pesca y Acuicultura, , Ichiro Nomura. «Este tratado representa un avance real y tangible en el esfuerzo en marcha para acabar con ella», añadió.
Proceso de ratificación
El tratado se enmarca en la Constitución de la FAO, con su Director General como depositario legal de las ratificaciones de los países.
Por lo tanto, deberá ser revisado por el Comité de Asuntos Constitucionales y Legales de la FAO en su próxima reunión (del 23 al 25 de septiembre de 2009), tras lo cual pasará al Consejo de la FAO en septiembre y la Conferencia de la FAO en noviembre para su revisión final y adopción formal. Sin embargo, puede considerarse que el trabajo principal sobre el tratado ha sido realizado ya.
Para poder entrar en vigor, el Acuerdo debe ser ratificado a nivel nacional. Una vez que lo hayan hecho 25 Estados, entrará en vigor en un plazo de 30 días.
El cumplimiento se vigilará de forma regular, y está prevista una revisión a fondo cuatro años después de que la entrada en vigor del Acuerdo.
Cuello de botella estratégico
Las denominadas «Medidas de los Estados rectores de los puertos» como las que contempla el nuevo tratado son consideradas por la mayoría como una de las armas más eficaces y rentables en la lucha contra la pesca ilegal (Ver información de contexto).
«Está claro que la eficacia de las medidas del Estado rector del puerto dependen en gran medida de lo bien que las apliquen los países», advirtió David Doulman, experto de la FAO en la materia. «Ahora el objetivo es -añadió- asegurarse que los países y las demás partes implicadas tienen los medios y los conocimientos necesarios para hacerlas respetar y cumplen sus compromisos. Un dato importante, el Acuerdo prevé ayuda a los países en desarrollo para que puedan implementarlas».
*Los Estados miembros de la FAO que han participado en las negociaciones incluyen a: Alemania, Angola, Arabia Saudita, Argelia, Argentina, Australia, Bangladesh, Benin, Brasil, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Canadá, Chile, China, Chipre, Comunidad Europea, Costa Rica, Cote d’Ivoire, Ecuador, EE.UU., Egipto, Eritrea, Eslovenia, España, Etiopía, Federación Rusa, Fiji, Francia, Gabón, Gambia, Ghana, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea Bissau, Haití, Honduras, India, Indonesia, Irán, Irlanda, Islandia, Islas Cook, Islas Marshall, Italia, Japón, Kenya, Kiribati, Kuwait, Lesotho, Libia, Madagascar, Malasia, Malta, Mauritania, México, Marruecos, Mozambique, Namibia, Nueva Zelanda, Noruega, Omán, Países Bajos, Panamá, Papua Nueva Guinea, Perú, Polonia, Portugal, República Centroafricana, República de Corea, R.D. del Congo, República Dominicana, Samoa, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Somalia, Sudáfrica, Sudán, Suecia, Tanzania, Tailandia, Togo, Túnez, Turquía, Uganda, Ucrania, Uruguay, Venezuela, Viet Nam, Zambia y el Estado Miembro Asociado de la FAO, las Islas Feroe.
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