Los agricultores y ganaderos de Castilla-La Mancha ya pueden solicitar a través de un único impreso las ayudas procedentes de la PAC a los productores de determinados cultivos herbáceos de la campaña 2002-2003; las primas ganaderas (ovino, caprino y vacuno); el girasol de secano en la rotación de la campaña 2002; y las indemnizaciones compensatorias en determinadas zonas desfavorecidas y con limitaciones medioambientales de la campaña 2002.
El modelo único de solicitud, que ya se puso en marcha la campaña pasada, tiene como objetivo agilizar y facilitar los trámites a los agricultores y ganaderos de la región, quienes van a poder pedir varias ayudas en un único impreso de solicitud.
La solicitud, tramitación y concesión de estas ayudas se han regulado a través de tres órdenes de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, que fueron publicadas el pasado viernes, día 18, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, fecha en la que entraron en vigor.
En primer lugar, se publicó la Orden que regula las ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos en la campaña de comercialización 2002-2003; de las declaraciones de algodón, superficies con destino a la producción de forrajes desecados, lúpulo y de las primas en beneficio de los productores de carne de ovino y caprino, de los productores de carne de vacuno y de los que mantengan vacas nodrizas para el año 2002.
A través de esta Orden, los agricultores y ganaderos de la región pueden obtener las siguientes ayudas: En primer lugar, los pagos compensatorios para determinados cultivos herbáceos (cereales, oleaginosas, proteaginosas, lino no textil, lino y cáñamo con destino a la fabricación de fibras) y, en su caso, las ayudas para las superficies retiradas de la producción y los suplementos de pago para el trigo duro.
Asimismo la Orden tiene por objeto las ayudas del pago compensatorio para el cultivo de arroz y los pagos por superficie a los productores de ciertas leguminosas grano (lentejas, garbanzos, vezas y yeros) para la campaña de comercialización 2002-2003.
Otra de las finalidades de la Orden es justificar la “superficie forrajera” a efectos del cálculo del factor de densidad ganadera, así como la “tierra de pastoreo” para poder obtener el pago por extensificación.
Por último esta Orden regula las llamadas primas ganaderas: la prima especial a los productores de bovinos machos; a los productores de vacas nodrizas y los pagos adicionales; las primas por sacrificio; y las primas a los productores de ovino y caprino.
Los titulares de explotaciones agrarias que deseen obtener las ayudas y/o realizar las declaraciones de superficie tienen de plazo hasta el próximo 8 de marzo para presentar la solicitud de ayuda. No obstante, en lo que se refiere a la prima especial a los productores de carne de vacuno, las solicitudes se podrán presentar hasta el 31 de diciembre del 2002.
Las solicitudes de primas al sacrificio se presentarán dentro de los cuatro meses siguientes a dicho sacrificio y, en todo caso, en los siguientes periodos: del 1 al 31 de marzo; del 1 al 30 de junio; del 1 al 30 de septiembre; y del 1 de diciembre al 15 de enero del año siguiente.
Ayudas al girasol de secano
En segundo lugar, se publicó la Orden por la que se regula el procedimiento, tramitación y concesión de las ayudas establecidas en el régimen de actuaciones agroambientales en respeto a la rotación de cultivos: el girasol de secano de la campaña del año 2002.
Podrán solicitar estas ayudas los titulares de las explotaciones que tengan suscritos los compromisos agroambientales en las campañas 2000 o 2001. No se admitirán nuevas solicitudes iniciales de ayuda durante este año.
Entre los compromisos adquiridos con la Consejería destacan: establecer un plan de rotación de toda la explotación; establecer un plan de cultivos anual para las parcelas; acreditar el respeto a la rotación de cultivos; comprometerse a no realizar escarda química en el cultivo de girasol; y, realizar siembras con semillas certificadas en dosis no inferiores a 3.250 kilos por hectárea.
El plazo para presentar la solicitud anual de ayuda para esta campaña finaliza el próximo 8 de marzo de 2002.
Indemnización compensatoria
Por último, se publicó la Orden por la que se regula la concesión de indemnización compensatoria en determinadas zonas desfavorecidas y con limitaciones medioambientales específicas de Castilla-La Mancha en la campaña 2002.
Las zonas desfavorecidas de la región comprenden las zonas de montaña, las zonas de despoblamiento y las zonas sometidas a dificultades medioambientales específicas.
Los agricultores que soliciten estas ayudas deben comprometerse a mantener la actividad agraria, al menos, durante los cinco años siguientes a la fecha en que se solicite por primera vez la indemnización, así como a ejercer la actividad agraria empleando métodos de buenas prácticas agrarias en toda su explotación.
El plazo de presentación de estas solicitudes de ayudas concluirá el próximo 8 de marzo.
JCCM