Remitido por UPA-A:
La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de Andalucía (UPA-A) y la Unión de Consumidores de Andalucía (UCA/UCE), han firmado en Sevilla un Convenio Marco de Colaboración, que tendrá entre sus principales objetivos potenciar que usuarios y consumidores conozcan los sistemas de producción que emplean los agricultores y los ganaderos en Andalucía, así como su importancia socioeconómica para el medio rural y su influencia directa en la seguridad alimentaria. El Convenio, rubricado por el Secretario General de UPA-A, Agustín Rodríguez, y el Presidente de UCA/UCE, Juan Moreno, hará también especial hincapié en dar a conocer las diferencias entre los precios que perciben los agricultores y ganaderos y los que pagan en destino los consumidores, así como otras prácticas abusivas de las grandes cadenas de distribución.
En este contexto, UPA-A y UCA/UCE, como representantes de agricultores y ganaderos, de un lado, y usuarios y consumidores, de otro, han solicitado a las Administraciones Públicas implicadas que pongan en marcha una normativa que obligue al doble etiquetado de todos los productos agrícolas y ganaderos no transformados, de modo que el consumidor conozca el precio en origen del producto (percibido por el agricultor) y el precio de venta del mismo (precio pagado por el consumidor), además de la procedencia del producto, facilitando así la compra al consumidor ya que le aporta nuevos criterios de elección y autenticidad del producto, entre otros.
El doble etiquetado debe ponerse en marcha bajo las consideraciones siguientes:
1.- El lugar de producción de la mercancía, además de la calidad y el precio (precio de venta y precio percibido por el agricultor), son algunos de los indicativos que se solicita que aparezcan en todos los productos agroalimentarios frescos. En este sentido, se considera que el doble etiquetado supondrá una mejora de la calidad y autenticidad de los productos ofertados a los consumidores.
2.- Se propone un doble etiquetado de obligado cumplimiento, permanente en el tiempo y que afecte a todos los productos agrícolas y ganaderos no transformados que ponen a la venta las grandes empresas de distribución. Debe existir un régimen sancionador que garantice el cumplimiento de la media y, por su parte, el doble etiquetado no debe estar condicionado a la existencia de bajos precios o crisis en determinados sectores agrícolas y ganaderos, así como tampoco al tiempo en que ocurre tal situación.
3.- La doble etiqueta permitirá conocer en detalle el precio percibido por el agricultor y el margen “comercial” de la distribución. Esta mayor transparencia proporciona un nuevo criterio de compra para el consumidor, teniendo la posibilidad de favorecer un precio justo para el productor.
4.-Con esta medida es posible que las disminuciones de precios se trasladen al precio final de venta al público, de modo que sean los consumidores los que se beneficien de los bajos precios en origen, cosa que no ocurre hasta ahora. El doble etiquetado constituye en nuestra opinión, una medida activa de descenso del IPC. Si los precios de venta de los productos agrarios estuviesen más próximos a los precios percibidos por los agricultores la inflación se vería claramente beneficiada, lo que supone que el doble etiquetado constituye una medida activa antiinflacionista. La disminución de los precios al consumidor que supondrá el doble etiquetado actuará aumentando la demanda de producto y activando de este modo la economía.
UPA-Andalucía