La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA-Andalucía) presentó alegaciones al borrador de Ley de Aguas, un texto que califica como “moderno y uno de los más avanzados de Europa”, según su Secretario General, Agustín Rodríguez. No en vano, el texto recogerá cuando se desarrolle plenamente importantes novedades como la unidad de gestión y la reasignación de recursos entre diferentes sistemas de explotación (artículo 29.3), un mecanismo que había planteado UPA-Andalucía y que ha permitido salvar las campañas de regadío durante el período de restricciones por sequía —especialmente beneficioso para el cultivo del arroz—; la revisión de derechos concesionales o la regulación tarifaria que abarca todos los usuarios del agua. El borrador de Ley también contempla medidas defendidas por nuestra organización como el Banco Público de Agua, un instrumento flexible que permitiría el intercambio de recursos entre usuarios de distintos tipos (agrario e industrial, por ejemplo). Y un Observatorio con la participación de los distintos agentes sociales, otras de las contribuciones del texto andaluz.
UPA-Andalucía ha presentado, en este contexto, alegaciones para mejorar el texto. Así, en cuanto al artículo 24 del Anteproyecto, “Orden de Preferencia de los Usos”, desde UPA-Andalucía se pide el mantenimiento como uso prioritario —y después del abastecimiento a población— los regadíos y usos agrarios.
De otro lado, UPA-ANDALUCIA ha solicitado que se incluya en el Capitulo II articulo 63 “Planes especiales de sequía”, un apartado específico donde en situaciones declaradas de sequía, la comisión de gestión de sequía pueda establecer criterios de modulación (reparto social del agua), con el objeto de garantizar una superficie mínima regable que permita asegurar rentas básicas para los usuarios agrarios, limitando las dotaciones a la superficie que exceda del mínimo establecido.
Respecto al artículo 12.6 del Anteproyecto denominado “Ingresos propios de la Agencia Andaluza del Agua”, UPA-Andalucía pide que no se confunda la acción sancionadora con la acción recaudadora y, por ello, solicita que las cantidades obtenidas de la acción sancionadora de la Administración se destinen en su integridad a programas de colaboración con los usuarios del agua, dirigidos a actividades formativas que fomenten el buen uso del agua, la lucha contra la contaminación difusa, y programas de recuperación de riberas, entre otros. “Esta medida aquí solicitada ya se aplica en otras administraciones públicas, como por ejemplo la Dirección General de Tráfico, que lo que recauda de las sanciones lo dedica a proyectos y medidas tendentes a la educación vial y a evitar accidentes de tráfico”, subraya Agustín Rodríguez.
En el art. 46 del Anteproyecto “Asignación de recursos y régimen de cesión de derechos”, en el apartado 7, se introduce una nueva redacción de la caducidad de los derechos de aguas públicas, añadiendo la interrupción durante cinco años en un periodo de diez años por causas imputables al titular del derecho. UPA-Andalucía entiende que dicha redacción es innecesaria puesto que es muy difícil en un periodo de diez años demostrar la interrupción de cinco años y mucho más que la misma se produzca por causas imputables al titular del derecho, por lo que solicita que se mantengan los supuestos que contempla la propia legislación nacional de aguas.
En el art. 52 del Anteproyecto “Aprovechamientos de aguas subterráneas”, UPA-Andalucía demanda que se elimine el apartado tercero que hace referencia al almacenamiento de aguas subterráneas en balsa. En este sentido, UPA-Andalucía recuerda que, en función de las infraestructuras (balsas) depende también la eficiencia energética y el ahorro de agua, teniendo en cuenta que existen diferentes tipos de acuíferos (confinados, semiconfinados, libres, etc..) y que las aguas subterráneas son en la mayoría de los casos fluyentes y no embalses cerrados. UPA-Andalucía recuerda, en este sentido, que tanto la Consejería de Agricultura y Pesca, como el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, están desarrollando los instrumentos en relación a la modernización de regadíos, donde las balsas se consideran infraestructuras básicas para una mayor eficiencia energética, dado que permiten adaptar los turnos de regadío con los horarios de extracción, mediante la autorregulación, a las tarifas eléctricas más favorables acorde con la nueva legislación en materia energética.
En el art. 7.3 “Derechos y obligaciones de los usuarios del agua” y en el art. 94 del Anteproyecto “Acceso a terrenos, instalaciones y obras Hidráulicas”, se desarrollan preceptos normativos que consideramos que vulneran principios fundamentales en contra de la defensa y la protección que brinda la Legislación Estatal a la propiedad privada y que pretenden exceder la competencia de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones en detrimento de los derechos de los administrados.
Entre otras alegaciones presentadas, UPA-Andalucía ha pedido también que se considere a las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas como “usuarios en el caso de los sectores económicos” vinculados al uso del agua, en su artículo 13.
En el art. 40 del Anteproyecto “Convenios entre la Agencia Andaluza del Agua y las Comunidades de Usuarios de Masas de Aguas Subterráneas”, UPA-ANDALUCÍA solicita que igualmente que se ha incluido en el articulado la posibilidad de realizar convenios entre los usuarios de aguas subterráneas y la Administración Hidráulica, se incluya en dicho articulado la celebración de convenios entre las Comunidades de Usuarios de Aguas Superficiales y la Agencia Andaluza del Agua.
El art. 43 del Anteproyecto “Servidumbre en zona de Policía”, UPA-ANDALUCÍA solicita la eliminación del citado articulo por considerar que la redacción del mismo es farragosa y que lo que viene a regular se encuentra perfectamente desarrolladas en la Ley de Aguas Estatal, en concreto en el Capitulo II “De los cauces, riberas y márgenes” en el art. 6 RDL 1/2001, de 20 de Julio.
UPA Andalucía