Un proyecto de propuesta de la Comisión para aumentar la edad mínima en que debe retirarse la columna vertebral de los bovinos ha recibido hoy el respaldo de los Estados miembros en el Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal. A la espera de que la propuesta, que está sujeta al derecho de control del Parlamento Europeo, sea adoptada definitivamente por la Comisión Europea en los dos próximos meses, el voto de hoy allana el camino para el restablecimiento de la producción en la UE de carne de bovino con hueso, como el bistec a la florentina o la chuleta con hueso. El proyecto de Decisión, basado en el asesoramiento científico de la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), aumenta de doce a veinticuatro meses la edad mínima del ganado sacrificado en la que debe retirarse la columna vertebral. Se trata de la primera propuesta sobre el cambio de algunas medidas de la EU sobre la EEB desde la publicación en julio de la Hoja de ruta para las EET de la Comisión (véase IP/05/952).
Markos Kyprianou, Comisario de Sanidad y Protección de los Consumidores, ha declarado: «Este primer paso hacia una relajación de las medidas de la UE sobre la EEB es un reflejo positivo de lo que hemos avanzado en la lucha contra esta enfermedad. No es una iniciativa tomada a la ligera. La Comisión se ha basado en los conocimientos científicos más fiables y ha examinado los datos estadísticos y debatido intensamente con los Estados miembros y el Parlamento Europeo. Confiamos en que esta propuesta no afecte al alto nivel de protección de los consumidores alcanzado en el último decenio gracias a nuestras normas sobre EEB.»
Desde octubre de 2000, la columna vertebral forma parte de la lista de materiales especificados de riesgo (MER) de la UE, esto es, los materiales a los que se atribuye el mayor riesgo de transmisión de la EEB. En virtud de la legislación de la EU sobre EEB, se exige retirar y destruir todos los MER en los bovinos mayores de doce meses para evitar su entrada en la cadena de alimentos y piensos. Debido a ello, y a otras severas medidas de reducción del riesgo, en los últimos años se ha conseguido una disminución significativa del número de casos positivos de EEB detectados en la UE y la edad de los animales que dan positivo ha aumentado de manera constante. Esta evolución positiva ha llevado a la Comisión a reflexionar sobre posibles modificaciones de algunas medidas sobre EET en vigor, para adaptarlas a esta mejora de la situación.
En abril de 2005, la EFSA publicó un dictamen en el que apoyaba un aumento de la edad mínima de retirada de la columna vertebral de los bovinos y afirmaba que incluso treinta meses podía estimarse una edad mínima considerablemente segura.
Sobre la base este dictamen, y teniendo en cuenta la opinión de los Estados miembros y del Parlamento, la Comisión ha propuesto la edad mínima de veinticuatro meses como la más práctica para disponer del mayor margen de seguridad contra la EEB. Este límite podrá reconsiderarse en el futuro si se mantiene la tendencia a la baja en el número de casos de EEB. La Hoja de ruta para las EET evoca también la posibilidad de revisar otras normas sobre MER a corto o medio plazo en función de la evolución de la situación de la EEB y de los conocimientos científicos más recientes.
Se espera que el aumento de la edad mínima de retirada de la columna vertebral tenga un impacto positivo en la competitividad de los ganaderos y las industrias cárnicas y se reduzca el desperdicio de MER en la UE.
En la siguiente dirección puede consultarse más información sobre las medidas de la UE sobre EEB:
http://europa.eu.int/comm/food/food/biosafety/bse/index_en.htm
En la reunión mantenida en Bruselas, el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y la Sanidad Animal (SCOFCAH), ha dado su dictamen favorable para incrementar la edad de retirada obligatoria de la columna vertebral en los animales de la especie bovina hasta los 24 meses de edad, modificando con ello el límite de edad, que hasta ahora se mantenía en 12 meses.
El dictamen, adoptado con los votos en contra de Alemania y Francia y la abstención de Holanda, da luz verde a la modificación del Reglamento (CE) 999/2001, que será de aplicación a partir del 1 de enero del 2006.
Esta modificación se enmarca en el conjunto de medidas propuestas por la Comisión Europea en el documento «TSE Roadmap», en el cual se presenta la estrategia a corto, medio y largo plazo en lo referente a Encefalopatías Espongiformes Transmisibles.
Mapa/UE