EL OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO (OEA)
El 18 de abril del 1951 sobre la base del plan Schuman, seis países firman un tratado para gestionar sus industrias pesadas —carbón y acero— de forma común. De este modo, ninguno puede individualmente fabricar armas de guerra para utilizarlas contra el otro, como ocurría en el pasado. Los Estados miembros originarios son Alemania, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo y los Países Bajos.
El 25 de marzo de 1957, sobre la base del éxito del Tratado constitutivo de la Comunidad del carbón y del acero, los seis países miembros amplían la cooperación a otros sectores económicos. Firman el TRATADO DE ROMA creando la Comunidad Económica Europea (CEE), o ‘mercado común’. El objetivo es que personas, bienes y servicios puedan moverse libremente a través de las fronteras.
El 1 de Julio 1968 la supresión de los DERECHOS DE ADUANA (La unión aduanera fue una de las primeras columnas de la UE. Con ella se abolieron los derechos de aduanas en las fronteras exteriores y se estableció un sistema uniforme de tasación de las importaciones. La consecuencia fue que los controles aduaneros internos desaparecieron. Hoy los aduaneros están sólo en las fronteras exteriores de la UE. Y no sólo hacen que prosiga el comercio, ayudan también a proteger el medio ambiente y nuestro patrimonio cultural y protegen los puestos de trabajo luchando contra la falsificación y la piratería) entre los Seis, creando por primera vez las condiciones para el libre comercio. Al mismo tiempo aplican los mismos derechos de aduana a los productos que importan de otros países.
El COMERCIO entre los Seis, así como entre la Comunidad y el resto del mundo, crece rápidamente.
Nace así el mercado único más grande del mundo
El 1 de enero del 1986 España y Portugal se adhieren a la CEE, lo que eleva a doce el número de sus miembros: Alemania, Bélgica, Dinamarca, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y Reino Unido.
Europa no acaba en los pirineos
Las negociaciones oficiales para la adhesión de España a las Comunidades Europeas se abrieron en 1979. Los sucesivos gobiernos de Adolfo Suárez, Leopoldo Calvo Sotelo y Felipe González trabajaron en las diferentes fases de la incorporación de España a la comunidad Europea que se prolongaron durante siete años. España firmó su tratado de adhesión en 1985 y en 1986 entró a formar parte como miembro de pleno derecho.
Reunión de la Cumbre Europea 17 de febrero de 1986
A pesar de la supresión de los derechos de aduana en 1968, subsisten ciertos obstáculos para la libertad de los INTERCAMBIOS (La Unión Europea es la primera potencia comercial, pues representa el 20% de las importaciones y exportaciones mundiales. La liberalización del comercio entre sus Estados miembros fue clave en el éxito de la UE, constituida hace ya casi 50 años. La Unión es, por tanto, un protagonista esencial en los esfuerzos por liberalizar el comercio mundial en beneficio tanto de los países ricos como de los pobres) en la Comunidad. Se trata esencialmente de diferencias entre las legislaciones nacionales que el ACTAÚNICA EUROPEA (El Acta Única Europea (AUE) revisa los Tratados de Roma para reactivar la integración europea y llevar a cabo la realización del mercado interior. Modifica las normas de funcionamiento de las instituciones europeas y amplía las competencias comunitarias, en particular, en el ámbito de la investigación y el desarrollo, el medio ambiente y la política exterior común.), firmada en 1986, pretende eliminar en el espacio de seis años. Aumenta también la influencia del Parlamento Europeo y se refuerzan los poderes de la CEE en materia de MEDIO AMBIENTE (La protección del medio ambiente es esencial para la calidad de vida de las generaciones actuales y futuras. El reto radica en combinarla con un crecimiento económico continuo y sostenible a largo plazo. La política de medio ambiente de la Unión Europea se funda en la convicción de que unas normas ambientales rigurosas estimulan las oportunidades de innovación y negocio. Existe una estrecha interrelación entre las políticas económica, social y de medio ambiente).
La caída del muro de Berlín el 9 de noviembre del 1989 dejó de separar físicamente a las dos Alemanias, simboliza el hundimiento del comunismo en Europa Central y Oriental, proceso que se había iniciado en Polonia y Hungría. Ante el éxodo masivo de su población hacia el Oeste, el Gobierno de Alemania Oriental abre sus fronteras. Alemania se reunifica después de más de cuarenta años, y su parte oriental se incorpora a la CEE en octubre de 1990.
El Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. El Tratado de Maastricht cambió el nombre de «Comunidad Económica Europea» por el más simple de «Comunidad Europea». También introdujo nuevas formas de cooperación entre los gobiernos de los Estados miembros (por ejemplo, en defensa y justicia e interior). Al añadir esta cooperación intergubernamental al sistema «comunitario» existente, el Tratado de Maastricht creó una nueva estructura con tres «pilares», de naturaleza tanto económica como política: es la denominada «Unión Europea» (UE).
Con la caída del muro de Berlín en el 1993 culmina la creación del mercado único con las «cuatro libertades» de circulación: mercancías, servicios, personas y capitales. La década de los noventa es también la de dos Tratados: el de Maastricht, de la Unión Europea, de 1993, y el de Amsterdam de 1999. Los ciudadanos se preocupan por la protección del medio ambiente y por la actuación conjunta en asuntos de seguridad y defensa. En 1995 ingresan en la UE tres países más, Austria, Finlandia y Suecia. Los acuerdos firmados en Schengen (* Ver anexo), pequeña localidad de Luxemburgo, permiten gradualmente al ciudadano viajar sin tener que presentar el pasaporte en las fronteras. Las normas de Schengen eliminan todos los controles en las fronteras interiores, pero introducen controles efectivos en las fronteras exteriores de la UE y una política común de visados. Los miembros plenos de Schengen son Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Suecia (no lo son Irlanda y el Reino Unido), más Islandia y Noruega (que no son miembros de la UE). Los 12 países que se incorporaron a la UE en 2004-2007 todavía no participan plenamente en el espacio Schengen. Existen acuerdos con Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza que permiten tratar a sus ciudadanos como si fueran ciudadanos de la UE y viajar por la misma simplemente con una tarjeta de identidad o con el pasaporte. Por lo tanto, necesitará un pasaporte o una tarjeta de identidad en vigor para viajar a esos países, así como a Irlanda y al Reino Unido. La comunicación se hace más fácil a medida que se extiende el uso del teléfono móvil y de Internet.
La política aduanera es uno de los fundamentos de la UE y es esencial para el funcionamiento del mercado interior, que no puede funcionar correctamente si no existen normas comunes que se apliquen de manera armonizada en las fronteras exteriores de la Comunidad. Este conjunto de normas constituye la política aduanera, en razón de la cual las veintisiete administraciones de aduanas de los Estados miembros actúan como parte de un todo.
El 11 de septiembre de 2001, aviones que han sido previamente secuestrados se estrellan contra las torres gemelas del World Trade Center en Nueva York y el Pentágono en Washington, matando a cerca de 3 000 personas. La UE se mantiene firme junto con los Estados Unidos en su lucha contra el terrorismo internacional.
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El 1 de enero de 1999, el euro se convirtió en la moneda común de más de 300 millones de europeos. Los billetes y monedas fueron puestos en circulación el 1 de enero de 2002 y sustituyeron a las monedas nacionales. Trece países de la Unión Europea (UE) participan en la moneda única. Estos países son: Bélgica, Alemania, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia y Finlandia. (* Ver anexo)
El 1 de mayo de 2004, ocho países de Europa Central y Oriental (Chequia, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia) se incorporan a la Unión Europea, poniendo fin a la división de Europa decidida sesenta años antes por las grandes potencias en Yalta. Chipre y Malta se adhieren también.
1 de enero de 2007, dos países más de Europa Oriental, Bulgaria y Rumanía, ingresan en la UE, que de este modo cuenta ya con 27 Estados miembros. Croacia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Turquía son también candidatos a la adhesión.
Países que componen la Unión Europea
Alemania, Austria, Bélgica Bulgaria, , Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia.
Con la incorporación del búlgaro, el irlandés y el rumano, la UE pasa a tener 23 lenguas oficiales.
492,8 millones de habitantes, un 66% más que EE UU (296 millones), China con mas de 1.307 millones triplica en habitantes a la UE.
Tras los últimos acontecimientos como los atentados de Nueva York, Madrid y Londres la seguridad en el comercio internacional es una obligación de los Estados (terrorismo, crimen organizado, fraude aduanero, estupefacientes…).
La CE coopera también con terceros países para intensificar la cooperación aduanera con esos países (por ejemplo, Estados Unidos, Canadá, países asiáticos, etc.) en lo que se refiere a la seguridad. El Acuerdo de 1997 entre la CE y los Estados Unidos sobre cooperación aduanera y asistencia administrativa mutua se amplió en 2004 para extender el ámbito de aplicación a la cooperación en materia de seguridad.
Dicho Acuerdo permite mejorar recíprocamente la seguridad, tanto en la Unión Europea como en los Estados Unidos, y trata de garantizar un equilibrio justo entre simplificación del comercio y seguridad, de la manera siguiente:
- garantizando que el control general del comercio legítimo por parte de la aduana tenga debidamente en cuenta las preocupaciones en lo relativo a la seguridad;
- creando una equivalencia de los niveles y las normas de control para los operadores estadounidenses y comunitarios
Supresión de las formalidades y los controles
Desde 1993 han desaparecido todos los documentos y todas las formalidades aduaneras dentro de la CE. Esas formalidades han sido sustituidas por instrumentos de control fiscal, estadístico y otros que no requieren verificación ni documentación alguna cuando las mercancías cruzan las fronteras interiores.
Cuando el transporte o el tránsito de mercancías de terceros países dentro de la Comunidad se efectúa bajo el régimen de los convenios TIR (transporte internacional de mercancías por carretera) o ATA (admisión temporal de mercancías), a efectos de transporte o tránsito se considera a la Comunidad un único territorio. El mismo principio se aplica en el contexto del Convenio relativo al régimen común de tránsito .
Se han establecido disposiciones comunitarias específicas en lo que se refiere a los siguientes aspectos:
- supresión de los controles en las fronteras de los Estados miembros en el ámbito de los transportes por carretera y por vía navegable ;
- supresión de los controles en las fronteras interiores para los medios de transporte matriculados o admitidos a la circulación fuera de la UE;
- supresión de los controles y las formalidades aplicables a los equipajes.
Arancel Aduanero Común (AAC), Nomenclatura Combinada (NC) y Arancel Aduanero Integrado (TARIC)
Originalmente, el AAC era la media aritmética de los aranceles aduaneros aplicados en 1957 por los Estados miembros. Sobre la base del artículo 28 del Tratado, el Consejo, pronunciándose por mayoría cualificada y a propuesta de la Comisión, efectuó numerosas modificaciones, tanto de manera autónoma como con motivo de negociaciones arancelarias (por ejemplo, dentro de la Organización Mundial del Comercio – OMC ).
El arancel integrado comunitario se denomina TARIC (Arancel Aduanero Integrado de las Comunidades Europeas), y recoge las medidas comunitarias y comerciales aplicadas a las mercancías importadas y exportadas por la Comunidad. Se creó con la intención de agrupar todas las disposiciones comunitarias aplicables a cada mercancía y permite el despacho aduanero automático de las mercancías por los Estados miembros.
La «Nomenclatura Combinada» es un instrumento arancelario y estadístico que sirve para la recaudación de los derechos de aduana, la elaboración de las estadísticas del comercio exterior e intracomunitario, y para la aplicación de las medidas de política comercial, agraria, fiscal, etc. Se basa en una nomenclatura internacional: el «Sistema Armonizado», gestionado por la Organización Mundial de Aduanas.
El Documento Administrativo Único (DUA) es el documento que sirve para el control de las importaciones, las exportaciones y las mercancías en tránsito (si vd. no hace el despacho de aduanas puede llevarse alguna que otra sorpresa algún tiempo después, es de suma importancia la posición del venta el empleo del Incoterm 2000 ICC mas conveniente para cada operación comercial. Ante cualquier duda ¡Consúltenos! les indicaremos todo lo que vd. debe de conocer).
Las franquicias aduaneras y las suspensiones y los contingentes arancelarios autónomos constituyen una excepción al régimen normal integrado en el AAC, por las razones siguientes:
- el régimen de franquicias aduaneras se refiere a la concesión de franquicias de derechos de importación o exportación en el caso de mercancías que normalmente serían deudoras del impuesto;
- las suspensiones permiten a las empresas comunitarias abastecerse fuera de la Comunidad, durante un período determinado, sin devengar los derechos normales del AAC;
- los contingentes arancelarios permiten, de forma temporal y para un volumen de mercancías limitado, la no aplicación total o parcial de los derechos de los que las mercancías en cuestión serían normalmente deudoras.
La creación del estatuto de operador económico autorizado (OEA) constituye uno de los principales elementos del programa de seguridad aduanera. Que se pone en vigor a partir del 1º de Enero de 2008.
La cadena logística internacional exportación/importación va desde la fabricación de los bienes hasta el consumidor final. Para garantizar la seguridad de dicha cadena las Administraciones de Aduanas juegan un papel muy importante en la cadena logística la UE ha establecido un nuevo modelo de seguridad con las fronteras exteriores la normativa hasta la fecha para tal fin es el Reglamentote (CE) 648/2005 que modifica el CA “Enmienda de Seguridad” y el Reglamento (CE) /2006 que modifica las disposiciones de aplicación del CAC, las modificaciones mas importantes de esta norma son: 1º Declaraciones previas de entrada y salida de mercancías – 2º Implantación de un sistema comunitario de análisis de riesgo y 3º La creación de la figura del Operador Económico Autorizado.
El CAC (Código Aduanero Comunitario) tiene por objeto garantizar una interpretación idéntica de las disposiciones en materia aduanera por parte de los distintos Estados miembros. Fue modificado por última vez en 2006, para modernizar y simplificar los procedimientos aduaneros, y para reforzar la capacidad de la Comunidad en lo relativo a la cooperación aduanera en materia de seguridad.
REGLAMENTO (CE) NO 648/2005 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
De 13 de abril de 2005 que modifica el Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo por el que se aprueba el código aduanero comunitario
(2) Es necesario establecer un nivel equivalente de protección en los controles aduaneros de las mercancías que entran y salen del territorio aduanero de la Comunidad. Para alcanzar este objetivo, es necesario establecer un nivel equivalente de controles aduaneros en la Comunidad y garantizar una aplicación armonizada de los mismos por los Estados miembros, que son los principales responsables de la aplicación de tales controles.
(3) Los Estados miembros deben conceder el estatuto de operador económico autorizado a cualquier operador económico que cumpla criterios comunes relativos a los sistemas de control de los operadores, a la solvencia financiera y al documento de conformidad. El estatuto de operador económico autorizado concedido por un Estado miembro debe ser reconocido por los otros Estados miembros, pero no confiere el derecho a beneficiarse automáticamente en los otros.
REGLAMENTO (CE) No 1875/2006 DE LA COMISIÓN
de 18 de diciembre de 2006 por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 2454/93 por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo por el que se establece el código aduanero comunitario
(1) Las modificaciones del Reglamento (CEE) no 2193/92 en lo sucesivo denominado «el Código») realizadas mediante el Reglamento (CE) no 648/2005 han introducido una serie de medidas encaminadas a aumentar la seguridad de las mercancías que entran o salen de la Comunidad. Estas medidas, que deben dar lugar a unos controles aduaneros más rápidos y selectivos, consisten en el análisis e intercambio electrónico de información sobre riesgos entre autoridades aduaneras, así como entre dichas autoridades y la Comisión, con arreglo a un marco común de gestión de riesgos, el requisito de información previa a la llegada y a la salida a las autoridades aduaneras para todas las mercancías que entran o salen del territorio aduanero de la Comunidad y la concesión del estatuto de Operador Económico Autorizado a los operadores económicos fiables que cumplan determinados criterios y que puedan acogerse a las simplificaciones que establece la normativa aduanera o a las facilitaciones en los controles aduaneros.
(5) Los operadores económicos que cumplan las condiciones de obtención del estatuto de Operador Económico Autorizado y, por lo tanto, se distingan positivamente de otros operadores económicos, deben considerarse socios fiables en la cadena de suministro. Los Operadores Económicos Autorizados deben, pues, poder beneficiarse no solo de simplificaciones previstas en las normas aduaneras sino también, siempre que cumplan los criterios de protección y seguridad, de facilitaciones en los controles de seguridad.
¿Qué son los Operadores Económicos Autorizados?
Según la definición contenida en las Disposiciones de Aplicación del Código Aduanero Comunitario, operador económico es una persona que, en el marco de sus actividades profesionales, efectúa actividades reguladas por la legislación aduanera.
¿Cómo puedo ser Operador Económico Autorizado?
En España, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, determinará si las personas, físicas o jurídicas (establecidas en la Península, Baleares y Canarias), que deseen ser OEA, reúnen los requisitos exigibles para serlo, mediante un examen pormenorizado de las condiciones.
¿Quién puede solicitar ser OEA?
Cualquier persona física o jurídica, que esté establecida en España, con independencia del tamaño de su negocio, y que esté implicada en la cadena logística internacional puede solicitar la expedición del certificado de OEA.
En principio se ha considerado por la Comisión Europea que los destinatarios del estatuto de OEA serían:
– Fabricantes
– Exportadores
– Transportistas
– Expedidores
– Representantes aduaneros
– Almacenistas
– Importadores
¿Qué tipos de certificados OEA existen?
Existen tres tipos de certificados, atendiendo a la exigencia de requisitos y de los beneficios que se de ellos se derivan:
· Certificado Operador Económico Autorizado Simplificaciones Aduaneras
· Certificado Operador Económico Autorizado Seguridad y Protección
· Certificado Operador Económico Simplificaciones y Seguridad
A partir del 1 julio de 2009: será obligatorio que los operadores informen previamente a la Aduana sobre las mercancías que entrano salen del territorio aduanero mediante una declaración sumaria.
Sistemas informáticos
La creación de distintos sistemas informáticos, como el Sistema de Información Aduanero (SIA) ha hecho posible una mejor cooperación entre las autoridades administrativas de los distintos Estados miembros, y entre éstas y la Comisión Europea, para reforzar la lucha contra el fraude y garantizar la correcta aplicación de la normativa aduanera.
La Comisión propone crear un entorno simple y sin soporte de papel para las aduanas y el comercio. Para ello, propone la creación simultánea de sistemas aduaneros electrónicos interoperables, que permitirán a las administraciones aduaneras intercambiar datos en el contexto de la circulación de las mercancías que entren o salgan del territorio de la CE.
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Por la importancia las Cámaras de Comercio españolas están impartiendo una serie de Jornadas Informativas, como es el caso de la Cámara de Comercio Industria y Navegación de Valencia donde el próximo día 11 de Diciembre del presente año 2007con el objeto de presentar el desarrollo de este proceso de esta nueva figura en el Comercio Global “EL OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO (OEA), que se pone en vigor a partir del 1º de Enero de 2008, y las oportunidades que se ofrecen a las empresas que accedan a la figura del Operador Económico Autorizado, la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de Valencia y la Cámara de Valencia organizan la citada jornada informativa.
Andreu Romero
Nuestro objeto es proporcionar, un conjunto de herramientas que contribuya a facilitar su inserción, a través de la exportación, en el contexto internacional actual, una visión completa de lo que vds. deben de conocer del mercado de su interés. Para que su empresa aproveche las oportunidades que brinda el proceso de globalización.
Fuente: UE, AEAT, Ccámaras de Comercio de España, POLIAVIN.ibc
(*) Schengen: Europa se une, millones de viajeros de Europa Central y del Este podrán visitar a partir del viernes (21.12.2007) a sus vecinos en la Unión Europea (UE) sin tener que pasar por controles de pasaporte. La zona Schengen abarca 24 estados, de los cuales 22 son miembros de la UE. A los 15 Estados de la UE del grupo de Schengen se suman, a partir de este 21 de diciembre, nueve de los diez nuevos miembros de la UE ampliada. Se trata de Polonia, la República Checa, Hungría, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania y Malta. Las nuevas fronteras exteriores de la zona Schengen en el este van desde el Golfo de Finlandia hasta el Mar Adriático. Abarcan 4.278 kilómetros de frontera exterior Dentro de los confines interiores de Schengen se encuentran Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, Eslovaquia, Hungría y Eslovenia. Rusia, Bielorrusia, Ucrania, Serbia, Croacia y el nuevo miembro Rumania son los países que hacen frontera con el espacio ampliado de Schengen. Los dos Estados Schengen que quedan, la República Checa y Malta, no confinan con terceros países. La adhesión de Suiza al Convenio de Schengen se retrasa, ya que el documento aún no ha sido ratificado por todos los miembros de la Unión Europea. Recordemos que el 16 de octubre de 2004, el Parlamento suizo ratifica el Convenio de Schengen. El 5 de junio de 2005 el electorado suizo aprueba en votación popular la adhesión de Suiza al grupo de Schengen por 54,6% de los votos.
(*) El uno de Enero del 2008 dos nuevos países de la UE forman parte de la moneda única Chipre y Malta se convierten en el decimocuarto y decimoquinto países en integrarse a la zona euro, después de unirse a la Unión Europea en 2004 junto a otros ocho países.
Enlaces/links:
REGLAMENTO (CE) NO 648/2005 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
Enlace
REGLAMENTO (CE) No 1875/2006 DE LA COMISIÓN
de 18 de diciembre de 2006
Enlace
Taxation and Custom Union
Enlace
Fiscalidad y Aduanas de los Estados Miembros (UE)
http://ec.europa.eu/taxation_customs/dds/home_es.htm
Consultas del TARIC
http://ec.europa.eu/taxation_customs/dds/cgi-bin/tarchap?Lang=ES
Acuerdos Internacionales UE
http://ec.europa.eu/world/agreements/default.home.do
RAPEX: Es el sistema de alerta europeo para todos los productos de consumo que pudieran ser peligrosos (excepto productos alimenticios y farmacéuticos).http://ec.europa.eu/consumers/dyna/rapex/rapex_archives_en.cfm
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies de especies amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES)
http://www.cites.org/esp/index.shtml
Agencia Tributaria de España- Operadores Económicos Autorizados (OEA)
http://www.aeat.es/aeat/aeat.jsp?pg=aduanas
Agencia Tributaria “Oficina Virtual de Aduanas” España
https://www3.aeat.es/ADUA/internet/aduanaie.html
Consejo Superior de Cámaras de Comercio de Españahttps://www.camaras.org/publicado/
Aduanas de todo el mundo. World Customs Organization
http://www.wcoomd.org
U.S Customs and Border Protection
http://www.customs.ustreas.gov/xp/cgov/home.xml
http://www.customs.ustreas.gov/enforcem/tpat.htm
DUA: Nuevas instrucciones para su formalización
https://www.agroterra.com/profesionales/articulos.asp?IdArticulo=584
Medidas antidumping ¿Que es el dumping?
https://www.agroterra.com/rofesionales/articulos.asp?IdArticulo=515