Acordada la distribución de 22,5 millones de euros para programas agrícolas y de desarrollo rural

DESARROLLO RURAL

Dentro del Programa de Desarrollo Rural para Medidas de Acompañamiento del periodo 2000/2006, se han repartido 8.779.615 euros, como ayuda de estado para la financiación de la medida de Indemnización Compensatoria en los años 2005 y 2006.

La Comisión Europea aprobó para las campañas 2005 y 2006 una ayuda de estado para la medida de indemnización compensatoria de 20 millones de euros anuales, siempre y cuando estos recursos se destinen, exclusivamente, a pagar expedientes de las campañas anteriores al 31 de diciembre de 2006, por lo no podrán acogerse a estas ayudas expedientes de la campaña 2007 y siguientes que deberán ser financiados ya a través del FEADER. En consecuencia, el montante máximo total aprobado por la Comisión para estas dos campañas asciende a la cantidad de 40 millones de euros.

Las comunidades autónomas han comunicado al MAPA sus necesidades financieras para hacer frente a estos pagos que ascienden, según se recoge en el cuadro adjunto, a 36.337.936 euros, no superando, por tanto, las cifras aprobadas por la Comisión en su Decisión C (2006) 607, de 22 de febrero.

La distribución propuesta asciende a la cantidad total de 8.779.615 euros con la distribución recogida en el cuadro adjunto. La misma resulta de restar a las cantidades comprometidas por el MAPA para tal fin (31.680.763 euros), las transferidas hasta la fecha en noviembre de 2006 (17.442.165 euros) y abril de 2007 (5.458.983 euros), y que suponen el 87,5 % de las necesidades totales en las regiones de Objetivo 1 y al 75 % en las de fuera de este Objetivo. El resto, 12,5 % en regiones de Objetivo 1 y 25 % el las restantes, será financiado por las Comunidades Autónomas.

AGRICULTURA

En la Conferencia se han asignado 5.562.580 euros para financiar ayudas destinadas a la reconversión de plantaciones de fruta dulce en 2007. Los criterios utilizados son los presentados en la Conferencia Sectorial de octubre de 2006:

Superficies por las que se ha solicitado la ayuda en el año 2007 de acuerdo con las comunicaciones realizadas por las comunidades autónomas, conforme a lo previsto en el artículo 9.1 del Real Decreto 358/2006.

La cuantía de la ayuda por hectárea en función del tipo de beneficiario (profesional, joven, zona desfavorecida), la especie a plantar y las inversiones a realizar. La dotación presupuestaria a asignar en 2007 a las Comunidades Autónomas se recoge en la tabla del anexo.

En cuanto a los criterios para la distribución de nuevas solicitudes para reconversión de plantaciones de determinadas especies frutícolas en 2008 y siguientes, se han propuesto los mismos criterios que se establecieron para el reparto en 2007, siendo competencia de la Conferencia Sectorial establecer los criterios de reparto definitivos.

Dado que entre los años 2006 y 2007 se va a conceder ayuda para 9.462 hectáreas y el límite establecido en el Real Decreto para los años 2006-2011 es de 12.000 hectáreas, la superficie disponible para el resto del periodo será de 2.538 hectáreas, por lo que es conveniente establecer los criterios para la distribución de esta superficie en el año 2008 y sucesivos.

En este sentido se proponen los siguientes criterios:

  • En caso de que con las solicitudes presentadas en el año 2008 no se rebasen las 2.538 hectáreas, se atenderán todas las peticiones realizadas.
  • Si la superficie solicitada en 2008 supera la superficie disponible, se atenderán en primer lugar las solicitudes de las comunidades autónomas que en el cómputo 2006/07 no hayan superado un Límite calculado en función de la Superficie Plantada que exista en cada comunidad de las especies recogidas en el Real Decreto (LSP).
  • La superficie plantada se tomará de la última Encuesta de Plantaciones de Frutales del MAPA (año 2002). El LSP se calculará multiplicando el porcentaje que representa la superficie plantada en una Comunidad Autónoma respecto al total nacional, por las 12.000 hectáreas disponibles para la totalidad del periodo de reconversión. Los límites (LSP) resultantes por Comunidades Autónomas se recogen en el anexo.
  • Si una vez atendidas las solicitudes, siguen existiendo hectáreas disponibles, éstas se repartirán entre las comunidades en las que se hayan presentando solicitudes por encima del LSP. Las hectáreas disponibles se repartirán proporcionalmente a las solicitudes no atendidas tras aplicar el guión anterior.
  • Si una vez aplicado lo establecido en los párrafos anteriores sigue existiendo superficie disponible, se aplicarán los mismos criterios para el año 2009 y así sucesivamente.

Olivar Andaluz

Asimismo, se han destinado 8.213.861 euros al Plan de recuperación de la capacidad productiva del Olivar Andaluz. El objetivo de esta línea es la concesión de ayudas a los titulares de las explotaciones olivareras situadas en determinadas Comarcas Agrarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, afectadas por las heladas acaecidas durante el primer trimestre del año 2005. Se establece una ayuda específica para paliar las pérdidas de cosecha y las inversiones realizadas por los titulares de las explotaciones.

La ayuda no podrá superar por titular de la explotación, la cantidad de 63.000 euros en actuaciones de regeneración con un máximo de siete hectáreas, y de 6.000 euros en actuaciones de replantación, con un máximo de tres hectáreas.

OCM del Vino

En el marco de esta Conferencia Sectorial se ha presentado la propuesta de modificación de la OCM del sector del vino, en la que se ha analizado la necesidad de la reforma, el presupuesto, el arranque y la desaparición de las medidas de mercado actuales.

El debate también se ha centrado en la defensa de la cultura europea del vino, en lo relativo a las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas, las prácticas enológicas y el potencial productivo.

Respecto al mercado, se ha analizado la demanda de los consumidores, la promoción, la reestructuración, la liberalización de plantaciones y el etiquetado.

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