Asaja de C-LM urge al Mapa ‘la constitución de la comisión de seguimiento del contrato tipo de vino’

Remitido por Asaja Castilla-La Mancha:

ASAJA de Castilla-La Mancha ha destacado la importancia que debe tener esta Comisión, que estará formada por una representación paritaria de los sectores comprador y vendedor, para velar por el cumplimiento de este contrato tipo que fue consensuado por el conjunto del sector vitivinícola el pasado mes de abril con el fin de que, una vez homologado por el Ministerio de Agricultura, sirviera como documento acreditativo de la contratación de materia prima ante la Administración central.

Es por ello que esta Organización Agraria ha criticado la tardanza de la orden por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de vino para la campaña vitícola 2004-2005 porque, en las fechas actuales, queda muy poco vino por contratar y ha expresado su deseo de que, en el futuro, este contrato se establezca de forma indefinida.

Para ASAJA de Castilla-La Mancha, la entrada en vigor del contrato tipo de vino supone un primer paso para conseguir una verdadera transparencia en el mercado vitícola. No obstante, la Organización ha recordado que, en su momento, planteó que los precios del vino se basaran en los costes de producción de las diferentes zonas vitícolas lo que, finalmente, y a pesar de que el Tribunal de la Competencia no ha puesto obstáculos a este punto, no se ha contemplado en el contrato homologado, quedando como potestativo el que estos costes de producción sean tenidos en cuenta a la hora de fijar los precios del vino.

ASAJA de Castilla-La Mancha ha lamentado que la urgencia con la que se planteó la firma de este acuerdo no hiciera posible el que, por primera vez en la historia, la compraventa de vinos se pudiera hacer en base a los costes de producción.

Como puntos importantes del contrato tipo de vino cabe destacar que este contrato libera de toda responsabilidad en lo relativo al mantenimiento y conservación del producto a la parte vendedora, siempre que el comprador no retire la mercancía en el calendario prefijado.

Asimismo, se contempla que el incumplimiento de este contrato dará lugar a una indemnización de la parte responsable a la parte afectada por una cuantía de una vez y media del valor estipulado para el volumen de mercancía objeto de incumplimiento del contrato.

Asaja Castilla-La Mancha

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