Coag-ir recomienda a los agricultores autónomos que revisen su situación en el reta

COAG-IR recuerda que ese sistema especial está reservado a aquellos titulares de explotación cuyas rentas procedan fundamentalmente de su explotación y, al menos en un 25 % de la actividad agraria; cuyos rendimientos netos anuales no superen unos determinados límites (alrededor de unos 30.000 euros en el 2007) y que no tengan, para una explotación de un solo titular, más de dos trabajadores fijos o no contraten más de 546 jornales eventuales al año.

Quienes cumplan estas condiciones se beneficiarán de las mismas prestaciones que los autónomos, pero con un tipo de cotización más bajo. De manera que mientras que la cotización media en este año de un Autónomo normal estaría en el entorno de los 238 euros mensuales, en el caso de los profesionales estaría en los 193 euros aproximadamente.

Los agricultores que estén en la actualidad en el Régimen Especial de Autónomos pueden, a partir del 1 de agosto y durante los próximos 6 meses, solicitar el cambio al sistema especial para los profesionales si cumplan las condiciones descritas, con lo que tendrán, sin perder ninguno de sus actuales derechos, un ahorro de unos 45 euros mensuales.

Los agricultores que hoy estén en el Régimen Especial Agrario como trabajadores por cuenta propia no tendrán que hacer ninguna tramitación especial, sino que simplemente el 1 de enero quedarán encuadrados en el nuevo régimen y pasarán a pagar algo más (unos 17 euros más al mes según las bases y tipos de cotización del 2007); pero a cambio de beneficiarse de las prestaciones más altas de los autónomos. Para hacer una comparación, la pensión media de jubilación de los trabajadores del REASS por cuenta propia es de 480 euros al mes; mientras que la de autónomos está en unos 555 euros al mes.

Los agricultores que se vayan a iniciar en la actividad a partir del 1 de agosto podrán darse de alta en el RETA normal; o bien en el nuevo sistema especial para los profesionales.

COAG-IR

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